La Intendencia de Montevideo y el Ministerio de Economía y Finanzas informaron las condiciones para la promoción de estacionamientos en zonas prioritarias de la ciudad.

Dado el crecimiento del parque automotor y la tendencia creciente de vehículos circulando, que generan problemas en el tránsito y dificultades para estacionar, sobrepasando la capacidad de algunas zonas, se acordó la necesidad de promover la construcción, ampliación y explotación de estacionamientos mediante incentivos con beneficios fiscales para las empresas que desarrollen la actividad.

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En virtud de ello, el gobierno nacional emitió el Decreto N° 110/016 promulgado el 18 de abril de 2016, declarando promovidas las actividades mencionadas bajo el amparo del artículo 11 de la Ley 16.906 del 7 de enero de 1998. Los interesados deberán presentar ante la Comisión de Aplicaciones (Comap) un proyecto que detalle el monto y el cronograma de las inversiones.

El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Comap, emitirá una resolución declarando la inclusión del proyecto en el marco de la actividad promovida, estableciendo los beneficios fiscales y el período de su utilización.

Por su parte, el Ministro de Economía y Finanzas destacó la Ley de Inversiones votada en su momento por unanimidad en el Parlamento, sobre la cual dijo: “Hemos venido tratando de actualizar la norma a efectos de ir tomando nota de los cambios que el propio país experimentaba. Cambios que tienen que ver con objetivos, necesidades y prioridades, ya que no puede ser inmutable, de manera de aprovechar de la mejor forma posible su alcance”. Astori agregó que el decreto busca “estimular la inversión en el país, objetivo prioritario de la política económica en este momento.

El Intendente explicó que se necesita crear las condiciones favorables para que existan estacionamientos de vehículos en zonas con alta densidad de población con automóvil para darle servicios a esos ciudadanos, más allá de que se promueve «el mejoramiento y el uso del transporte colectivo para ejercer el uso democrático del espacio público”.

Según el Intendente, la inversión en estacionamientos implica una tasa de retorno que, si no se facilita, es absolutamente imposible de abordar. “Es una apuesta a la inversión en momentos en que se necesita para generar trabajo”, concluyó Martínez.

ZONAS PRIORITARIAS

Se consideran zonas prioritarias las comprendidas dentro de los siguientes límites en el departamento de Montevideo: Hipólito Yrigoyen, avenida Italia, avenida Dr. Luis Alberto de Herrera, avenida General Flores, bulevar Artigas, rambla Baltasar Brum, rambla Edison, rambla Sud América, rambla Franklin Delano Roosevelt, rambla 25 de Agosto de 1825, rambla Monteverde, rambla Francia, rambla Gran Bretaña, rambla República Helénica, rambla Wilson, rambla Mahatma Gandhi, rambla República del Perú, rambla Armenia, rambla República de Chile, en todos los casos, de ambas aceras.

Para el caso de la Ciudad Vieja, la Intendencia de Montevideo solo habilitará proyectos en su perímetro, no en su interior “porque no nos interesa la circulación de vehículos particulares dentro de Ciudad Vieja”, explicó.

BENEFICIOS

  • Exoneración en la importación.
  • Crédito de IVA.
  • Exoneración de IRAE.
  • Beneficios incrementales en el IRAE.
  • Exoneración del Impuesto al Patrimonio.

Para informarse sobre las condiciones de las exoneraciones, acceda al  Decreto N° 110/016

Fuente: Intendencia de Montevideo